Normativa aplicable en protección de datos para la Comunidad de Madrid.
Normativa aplicable en protección de datos para la Comunidad de Madrid.
En materia de Protección de Datos en Madrid, igual que en el resto del Estado, rige la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de datos.
Con la finalidad de garantizar y proteger las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, y especialmente de su honor e intimidad personal y familiar, la Ley de Protección de datos nos dice que los datos de carácter personal sólo se podrán recoger para su tratamiento, así como someterlos a dicho tratamiento, cuando sean adecuados, pertinentes y no excesivos en relación con el ámbito y las finalidades determinadas, explícitas y legítimas para las que se hayan obtenido.
La Protección de Datos supone que dichos datos no podrán usarse para finalidades incompatibles con aquellas para las que los datos hubieran sido recogidos, no considerándose incompatible el tratamiento posterior de los datos con fines históricos, estadísticos o científicos.
Así mismo, la Protección de Datos en Madrid o en el resto del territorio nacional significa que el tratamiento de los datos de carácter personal requerirá el consentimiento inequívoco del afectado, salvo que la ley disponga otra cosa.
El responsable del fichero y quienes intervengan en cualquier fase del tratamiento de los datos están obligados al secreto profesional respecto de los mismos y al deber de guardarlos, aún después de finalizar su relación con el titular del fichero.
Todas estas afirmaciones en materia de Protección de Datos son relevantes si vivimos en Madrid, o en cualquier parte del territorio español, a la hora de hacer trámites tan simples como una entrevista de trabajo, un contrato, un cuestionario o una encuesta.